Qué debe contener la memoria de un proyecto según el Código Técnico, y cómo revisarla antes de presentarla
La memoria es el documento que más se lee y el que más requerimientos genera. El Código Técnico fija su contenido mínimo, pero lo que hay que escribir depende de la obra, del uso, de la fase y del ayuntamiento. Esta guía recorre cada apartado con lo que debe decir, cómo justificar cada documento básico, los anejos y reglamentos que la acompañan, cómo cambia en reformas, cambios de uso y edificios protegidos, y un método de revisión en cinco pasadas con su lista de comprobación.

En este artículo
- Lo esencial
- A qué obras se aplica esta guía, y a cuáles no
- Qué es la memoria y por qué se revisa tanto
- Proyecto básico y proyecto de ejecución: qué se exige en cada fase
- La memoria descriptiva, apartado por apartado
- La memoria constructiva
- Cómo justificar cada documento básico
- Cumplimiento de otros reglamentos
- Los anejos que acompañan a la memoria
- Planos, pliego, mediciones y presupuesto: lo que la memoria tiene que decir igual
- Cómo cambia según el tipo de obra
- Doce errores que generan requerimientos
- Cómo revisarla antes de presentarla: cinco pasadas
- Qué parte de la revisión puede hacer la IA
- Fuentes oficiales
Lo esencial
Esta guía sigue el orden del propio Código: qué es la memoria, qué se exige en cada fase, cada apartado con lo que debe decir y los errores que más se repiten, cómo justificar cada documento básico, los anejos y reglamentos que la acompañan, cómo cambia según la obra y, al final, un método de revisión en cinco pasadas con su lista de comprobación. Cada norma enlaza a su texto oficial.
A qué obras se aplica esta guía, y a cuáles no
La memoria del Anejo I es la de un proyecto de edificación. El Código Técnico se aplica a las edificaciones públicas y privadas cuyos proyectos necesitan licencia (Parte I, artículo 2.1), y la LOE considera parte del edificio sus instalaciones fijas y su equipamiento propio (artículo 2.3). Fuera de la edificación, esta guía sirve solo en parte o no sirve:
| Tipo de actuación | ¿Aplica esta guía? | Qué rige en su lugar o además |
|---|---|---|
| Edificio de nueva planta, de cualquier uso: vivienda, oficinas, hotel, equipamiento, nave | Entera | El planeamiento vigente para el cuadro urbanístico. |
| Promoción nueva en una parcela ya urbanizada | Entera: es el caso tipo | Igual que la anterior. |
| Reforma, rehabilitación o ampliación que altera la configuración del edificio | Entera, con los criterios para edificios existentes | Artículo 2.3 del Código: adecuación efectiva y no empeoramiento. |
| Cambio del uso característico | Entera | Antes, la compatibilidad del uso en el planeamiento. |
| Intervención en un edificio catalogado | Entera | El catálogo de protección y, si interviene, el informe de patrimonio. |
| Reforma que no altera la configuración (obra menor) | En parte: el Código se aplica a la intervención, pero no se exige el proyecto completo | La documentación que pida la ordenanza: memoria técnica, declaración responsable o comunicación previa. |
| Construcción de escasa entidad: ni residencial ni pública, de una planta | No como proyecto | La ordenanza municipal. |
| Desarrollo urbanístico desde cero: plan parcial, estudio de detalle, reparcelación | No | La legislación urbanística de cada comunidad y su reglamento fijan el contenido de cada instrumento. |
| Proyecto de urbanización: viales, redes, espacios libres | No el Anejo I, pero sí los estudios de residuos y de seguridad y salud, que rigen para cualquier obra de construcción | Legislación urbanística, ordenanzas y la accesibilidad del espacio público (Orden TMA/851/2021). |
| Obra civil que no es un edificio: carreteras, redes, depuradoras | No el Anejo I; residuos y seguridad y salud, sí | La normativa sectorial de cada infraestructura. |
| Licencia de actividad o apertura sin obra | No | La memoria de actividad que piden la norma autonómica y la ordenanza. |
| Instalación con proyecto propio: térmicas, telecomunicaciones, baja tensión | No la memoria general | Su reglamento fija el contenido; se coordina con el proyecto del edificio. |
Un desarrollo desde cero tiene dos tiempos. Primero el planeamiento y la urbanización, a los que esta guía no se aplica: su contenido lo fija la ley urbanística, y lo que se revisa son parámetros como la edificabilidad, las cesiones o la reserva de vivienda protegida. Después, cada edificio que se levanta en las parcelas resultantes, que sí lleva su proyecto y su memoria del Código Técnico. Lo que sí sirve en todos los casos es el método del final: revisar contra la lista de lo exigido, cruzar cada dato entre documentos y citar la fuente.
Qué es la memoria y por qué se revisa tanto
La Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación define el proyecto como el conjunto de documentos que definen y determinan las exigencias técnicas de las obras, y añade una obligación que suele leerse deprisa: el proyecto «habrá de justificar técnicamente las soluciones propuestas» de acuerdo con la normativa técnica aplicable (artículo 4.1). Los planos dicen qué se construye; la memoria dice por qué eso cumple. Por eso es el documento que más se lee y el que más requerimientos genera.
No todas las obras necesitan proyecto. La misma ley (artículo 2.2) lo exige en las obras de nueva construcción, salvo las de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta; en las intervenciones sobre edificios existentes que alteren su configuración arquitectónica, que incluyen las totales y las parciales que cambien de forma esencial la composición exterior, la volumetría o el sistema estructural, o que cambien los usos característicos del edificio; y en las intervenciones totales en edificios catalogados o protegidos, o las parciales que afecten a sus elementos protegidos. El proyecto de ejecución de esas obras está además entre los trabajos con visado colegial obligatorio (Real Decreto 1000/2010, artículo 2, letra a).
Y no la lee una sola persona. Cada lector busca algo distinto, y conviene escribirla pensando en todos:
| Quién la lee | Qué busca |
|---|---|
| Técnico municipal | Que el proyecto cumple el planeamiento y las ordenanzas, y que cada exigencia está justificada de forma que pueda comprobarla sin llamarte. |
| Colegio profesional | Que el documento está completo, firmado por quien corresponde y con los anejos obligatorios. |
| Constructora | Qué sistemas y calidades se describen, porque de ahí sale el precio y las discusiones de obra. |
| Control técnico y aseguradora | Las hipótesis de cálculo, la sustentación y la envolvente: lo que puede generar daños. |
| Dirección facultativa | Lo que se comprometió: prestaciones, limitaciones de uso y plan de control. |
| Promotor y usuarios | Qué edificio reciben y cómo se puede usar. |
El Código Técnico de la Edificación cierra el marco en el artículo 6 de su Parte I: el proyecto debe describir el edificio con el detalle suficiente para que pueda valorarse e interpretarse inequívocamente, el básico define las características generales de la obra, y el de ejecución desarrolla el básico sin alterar los usos ni las condiciones de la licencia y sin que puedan «rebajarse las prestaciones declaradas en el básico». Esa última idea es la que más se olvida cuando el proyecto cambia entre una fase y otra.
Proyecto básico y proyecto de ejecución: qué se exige en cada fase
El contenido del proyecto está en el Anejo I de la Parte I del Código Técnico. Es una lista de mínimos que se aplica «sin perjuicio de lo que establezcan las Administraciones competentes»: si tu ayuntamiento tiene una instrucción de documentación para licencias, o tu comunidad exige fichas propias, eso se suma. En el anejo, los apartados marcados con asterisco son los que ya debe tener el proyecto básico. Y el Anejo III aclara para qué sirve cada fase: el básico es suficiente para solicitar la licencia, pero no para empezar la obra.
| Documento y apartado | Proyecto básico | Proyecto de ejecución |
|---|---|---|
| Memoria descriptiva: agentes, información previa, descripción del proyecto, prestaciones | Sí | Sí, actualizada |
| Memoria constructiva: sustentación del edificio | Sí (características del suelo) | Sí, con el estudio geotécnico |
| Memoria constructiva: estructura, envolvente, compartimentación, acabados, instalaciones, equipamiento | No como mínimo | Sí |
| Cumplimiento del CTE: seguridad en caso de incendio | Sí | Sí |
| Cumplimiento del CTE: estructural, utilización y accesibilidad, salubridad, ruido, energía | No como mínimo (el ayuntamiento puede pedirlo) | Sí |
| Cumplimiento de otros reglamentos | Lo que pida la licencia | Sí |
| Anejos a la memoria | Lo que pida la licencia | Sí |
| Planos | Situación, emplazamiento, urbanización, plantas, cubiertas, alzados y secciones | Además: estructura, instalaciones, definición constructiva y memorias gráficas |
| Pliego de condiciones | No | Sí |
| Mediciones | No | Sí |
| Presupuesto | Aproximado, por capítulos | Detallado, con cuadro de precios y resumen |
En la práctica, muchos ayuntamientos piden ya en el básico la justificación de accesibilidad y algunas fichas urbanísticas o de habitabilidad propias. Antes de empezar a escribir, conviene tener a mano la relación de documentos que exige tu ayuntamiento para la licencia: es la que manda sobre el mínimo.
Cuando el proyecto se completa con proyectos parciales (estructura, instalaciones, telecomunicaciones), la ley pide coordinación entre todos ellos «sin que se produzca una duplicidad en la documentación» (artículo 4.2 de la LOE). Traducido: la memoria remite al proyecto parcial y resume sus hipótesis, pero no copia sus cálculos. Copiar es la manera más rápida de que dos documentos acaben diciendo cosas distintas.
La memoria descriptiva, apartado por apartado
1.1 Agentes
Promotor, proyectista y otros técnicos: autores de proyectos parciales, colaboradores y, si ya está nombrado, el director de obra y el de ejecución. Parece trivial y genera devoluciones: el promotor de la memoria no coincide con el de la solicitud, aparece un técnico de otro proyecto, o falta el autor del estudio de seguridad. Comprueba que los agentes son los mismos en la memoria, la solicitud de licencia, la hoja de encargo y las firmas de los anejos.
1.2 Información previa
El anejo pide antecedentes y condicionantes de partida, datos del emplazamiento, entorno físico, normativa urbanística, otras normativas en su caso y, en rehabilitación, reforma o ampliación, los datos del edificio existente y los informes que se hayan hecho. Es el apartado que sitúa al técnico municipal: si está bien hecho, el resto se lee con confianza.
- Antecedentes: el encargo, consultas previas al ayuntamiento, informes ya emitidos, licencias anteriores sobre la finca.
- Emplazamiento: dirección, referencia catastral, superficie de parcela y de dónde sale (catastro, registro o medición). Si no coinciden, dilo y explica cuál usas.
- Entorno físico: topografía, orientación, edificaciones colindantes, servidumbres, arbolado, acometidas existentes.
- Normativa urbanística: el planeamiento vigente que aplica, la clasificación y calificación del suelo, la ordenanza de zona y, si existe, la protección patrimonial o el catálogo.
- Otras normativas: afecciones sectoriales (carreteras, aguas, costas, servidumbres aeronáuticas, patrimonio) cuando las haya.
- Edificio existente, si lo hay: año, sistema estructural, estado, intervenciones anteriores e informes de inspección.
La forma más clara de presentar la normativa urbanística es un cuadro que compare, parámetro por parámetro, lo que permite el planeamiento con lo que propone el proyecto, citando el artículo. Es lo primero que buscará quien revise la licencia:
| Parámetro | Planeamiento (artículo) | Proyecto | ¿Cumple? |
|---|---|---|---|
| Clasificación y calificación | Según el plan vigente | — | — |
| Uso | Uso permitido en la ordenanza de zona | Uso propuesto | Sí / No |
| Parcela mínima | Superficie y frente mínimos | Datos de la parcela | Sí / No |
| Ocupación | Porcentaje máximo | Ocupación del proyecto | Sí / No |
| Edificabilidad | m² de techo por m² de suelo | Superficie computable | Sí / No |
| Altura | Plantas y metros | Plantas y metros | Sí / No |
| Separaciones y alineaciones | A linderos, a vial, fondo edificable | Medidas en plano | Sí / No |
| Aparcamiento | Plazas por vivienda o por superficie | Plazas previstas | Sí / No |
1.3 Descripción del proyecto
Es el corazón de la memoria descriptiva. El anejo pide la descripción general del edificio, el programa de necesidades, el uso característico y otros usos previstos, la relación con el entorno, el cumplimiento del Código Técnico y otras normativas, la geometría, el volumen, las superficies útiles y construidas, los accesos y la evacuación, y los parámetros que determinan las previsiones técnicas de cada sistema: estructural, compartimentación, envolvente, acabados, acondicionamiento ambiental y servicios.
- Uso característico. Escríbelo con las palabras de la norma, no con las del cliente: de él dependen la ocupación de cálculo, los recorridos de evacuación, las exigencias de accesibilidad y el procedimiento de licencia. Si hay usos subsidiarios (un local en planta baja, un garaje), nómbralos y di cómo se separan.
- Cuadro de superficies. Útil por recinto, construida por planta y total, y la computable a efectos de edificabilidad con el criterio de la ordenanza. No son lo mismo y no deben sumar lo mismo. Escribe qué criterio aplicas a terrazas, vuelos, sótanos y bajo cubierta, porque cada planeamiento tiene el suyo.
- Accesos y evacuación. Descríbelos de forma que coincidan con el cálculo de ocupación y con los recorridos del apartado de incendio. Es el mismo dato en dos sitios.
- Parámetros de los sistemas. En el básico basta con las previsiones (sobrecargas de uso, zona climática, grado de impermeabilidad exigible, tipo de instalaciones). Son las hipótesis que el proyecto de ejecución no podrá contradecir.
1.4 Prestaciones del edificio
Se expresan por requisitos básicos y en relación con las exigencias del Código Técnico. El anejo pide además dos cosas que casi nunca se escriben bien: las prestaciones acordadas con el promotor que superen los umbrales del Código (si el cliente quiere más aislamiento acústico del exigido, aquí queda escrito) y las limitaciones de uso del edificio en su conjunto y de cada dependencia e instalación.
Las limitaciones de uso no son un formalismo. Una sobrecarga de uso de vivienda en un forjado impide después poner allí un archivo; una ocupación calculada para un uso impide otro. Dejarlo escrito protege al usuario, que sabe qué puede hacer con su edificio, y al técnico, que deja constancia de para qué lo proyectó.
La memoria constructiva
Es lo que convierte el básico en un proyecto que se puede construir. El anejo la ordena por sistemas y, para cada uno, pide definir la solución y justificar su comportamiento frente a las exigencias que le afectan.
2.1 Sustentación del edificio
Características del suelo y parámetros que se consideran para calcular la cimentación. Ya en el básico: aunque no tengas todavía el estudio geotécnico, escribe con qué datos trabajas y de dónde salen. En ejecución, la cimentación se calcula con los datos del estudio, que se adjunta como anejo. El error típico es una cimentación calculada con una tensión admisible supuesta que nadie actualizó cuando llegó el estudio.
2.2 Sistema estructural
Cimentación, estructura portante y estructura horizontal, con los datos e hipótesis de partida, el programa de necesidades, las bases de cálculo, los procedimientos o métodos empleados y las características de los materiales. Las normas de referencia son el Documento Básico de Seguridad Estructural y sus documentos de acciones, cimientos, acero, fábrica y madera, el Código Estructural para hormigón y acero y, donde aplique, la norma sismorresistente. Los cálculos van en anejo; la memoria resume hipótesis y resultados.
En edificios existentes hay una frase que el Código Técnico exige y que muchas memorias omiten: el proyectista debe indicar si la intervención incluye o no actuaciones en la estructura preexistente (Parte I, artículo 2.4). Si no las incluye, se entiende que las obras no comprometen la estabilidad del edificio. Una línea, y evita un requerimiento.
2.3 Sistema envolvente
Fachadas, cubiertas, suelos en contacto con el terreno, medianeras y huecos, definidos constructivamente y con su comportamiento frente a: peso propio, viento y sismo; fuego (propagación exterior); seguridad de uso; evacuación de agua y comportamiento frente a la humedad; aislamiento acústico; aislamiento térmico y demanda energética; y, en general, sus bases de cálculo.
El consejo práctico: da a cada tipo de envolvente un nombre (F1, F2, C1…) y úsalo igual en la memoria, los planos de detalle, las mediciones y la justificación energética. Cuando una fachada se llama de tres formas distintas, nadie puede comprobar que la transmitancia de la memoria es la del detalle constructivo.
2.4 Sistema de compartimentación
Particiones interiores con su comportamiento frente al fuego y su aislamiento acústico. Aquí se cruzan dos documentos básicos: la sectorización de incendio y la protección frente al ruido entre unidades de uso. Una tabiquería que separa dos viviendas no es la misma que separa dos dormitorios.
2.5 Sistema de acabados
Revestimientos y acabados con los requisitos que les afectan: la resbaladicidad de los suelos según su uso y situación, la reacción al fuego de los revestimientos, la durabilidad. Es frecuente describirlos por su aspecto y olvidar la clase exigida, que es lo que el constructor tiene que comprar.
2.6 Sistemas de acondicionamiento e instalaciones
El anejo enumera: protección contra incendios, anti-intrusión, pararrayos, electricidad, alumbrado, ascensores, transporte, fontanería, evacuación de residuos líquidos y sólidos, ventilación, telecomunicaciones, instalaciones térmicas, suministro de combustibles, ahorro de energía e incorporación de energía solar térmica o fotovoltaica y otras renovables. Para cada una: datos de partida, objetivos, prestaciones y bases de cálculo.
Varias de estas instalaciones tienen reglamento propio y, a partir de cierto tamaño, proyecto propio. Dos ejemplos con su umbral oficial: el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios exige proyecto cuando la potencia térmica nominal instalada en generación de calor o frío supera 70 kW, y admite una memoria técnica entre 5 y 70 kW (artículo 15). Y el Real Decreto-ley 1/1998 impide autorizar la construcción o rehabilitación integral de los edificios a los que se aplica —entre ellos, los sujetos a propiedad horizontal— si al proyecto arquitectónico no se une el de la infraestructura común de telecomunicaciones (artículo 3.1). Cuando hay proyecto específico, la memoria lo cita, resume lo que condiciona al edificio (cuartos, patinillos, cubiertas) y no lo repite.
2.7 Equipamiento
Definición de baños, cocinas y lavaderos, y del equipamiento industrial si lo hay. Breve, pero coherente con los planos de mobiliario y con las instalaciones que lo alimentan.
Cómo justificar cada documento básico
El tercer bloque de la memoria es el cumplimiento del Código Técnico, documento básico por documento básico. El anejo pide también justificar las prestaciones que mejoren los niveles exigidos. Esta es la estructura de cada uno según la Parte I del Código; los documentos completos están en la web oficial del Código Técnico.
| Documento básico | Exigencias | Lo que no puede faltar en la justificación |
|---|---|---|
| DB-SE Seguridad estructural | SE 1 Resistencia y estabilidad. SE 2 Aptitud al servicio. | Acciones consideradas, combinaciones, materiales, método de cálculo y comprobaciones de servicio. Remisión al anejo de cálculo. |
| DB-SI Seguridad en caso de incendio | SI 1 Propagación interior. SI 2 Propagación exterior. SI 3 Evacuación de ocupantes. SI 4 Instalaciones de protección. SI 5 Intervención de bomberos. SI 6 Resistencia estructural al incendio. | Uso, sectores y su superficie, ocupación por recinto, número de salidas y longitud de recorridos medidos en plano, anchuras, instalaciones y resistencia de la estructura. Ya en el básico. |
| DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad | SUA 1 Caídas. SUA 2 Impacto o atrapamiento. SUA 3 Aprisionamiento. SUA 4 Iluminación inadecuada. SUA 5 Alta ocupación. SUA 6 Ahogamiento. SUA 7 Vehículos en movimiento. SUA 8 Acción del rayo. SUA 9 Accesibilidad. | Desniveles y barreras, escaleras y rampas, clase de suelos, iluminación, itinerarios accesibles y elementos accesibles. Las secciones que no aplican, con el motivo. |
| DB-HS Salubridad | HS 1 Humedad. HS 2 Recogida y evacuación de residuos. HS 3 Calidad del aire interior. HS 4 Suministro de agua. HS 5 Evacuación de aguas. HS 6 Exposición al radón. | Grado de impermeabilidad y soluciones por elemento, almacenamiento de residuos, caudales de ventilación, dimensionado de redes y, según el municipio, la protección frente al radón. |
| DB-HR Protección frente al ruido | Una exigencia: protección frente al ruido. | Tipos de recintos, soluciones de separación entre unidades y con zonas comunes o de instalaciones, y fachadas según el ruido exterior. |
| DB-HE Ahorro de energía | HE 0 Consumo energético. HE 1 Control de la demanda. HE 2 Instalaciones térmicas. HE 3 Iluminación. HE 4 Renovables para agua caliente. HE 5 Generación eléctrica renovable. HE 6 Recarga de vehículos eléctricos. | Zona climática, envolvente con sus transmitancias, consumo y demanda calculados, contribución renovable y dotación de recarga si hay aparcamiento. |
Tres principios que distinguen una justificación sólida de una de trámite:
- Cada cifra con su origen. «Cumple el DB-SI» no justifica nada. «Ocupación de 84 personas según la tabla del uso, dos salidas, recorrido máximo medido en el plano A-04» sí. Quien revisa tiene que poder llegar al dato sin preguntarte.
- Lo que no aplica, también se justifica. Una sección que no aplica se nombra y se dice por qué: la de ahogamiento en un edificio sin piscinas ni depósitos, la de vehículos en movimiento sin aparcamiento. El silencio se lee como olvido.
- Soluciones alternativas, con su razonamiento. El propio Código admite soluciones que se aparten de los documentos básicos si se justifica que alcanzan las prestaciones exigidas. Si usas una, la carga de la prueba está en la memoria.
En edificios existentes el Código Técnico es más flexible, pero exige escribirlo. Si aplicar el Código no es urbanística, técnica o económicamente viable, o es incompatible con la naturaleza de la intervención o con el grado de protección del edificio, pueden adoptarse, bajo el criterio y la responsabilidad del proyectista, las soluciones que permitan «el mayor grado posible de adecuación efectiva». Las limitaciones se justifican en el proyecto, debe quedar constancia del nivel de prestación alcanzado y de los condicionantes de uso y mantenimiento y, sobre todo, no se pueden reducir las condiciones preexistentes cuando ya son menos exigentes que las del Código (Parte I, artículo 2.3).
Cumplimiento de otros reglamentos
El Código Técnico no es la única norma que la memoria tiene que justificar. Las más habituales, según el proyecto:
- Accesibilidad autonómica. Además del DB-SUA, cada comunidad tiene su norma y a menudo sus fichas. En Andalucía, el Decreto 293/2009 y sus fichas y tablas justificativas, aprobadas por Orden de 9 de enero de 2012. Las fichas no sustituyen a los planos: lo que declaran tiene que poder medirse en ellos.
- Telecomunicaciones: la infraestructura común, con su proyecto técnico cuando el edificio está en el ámbito del Real Decreto-ley 1/1998.
- Instalaciones térmicas (RITE), baja tensión (Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión) y protección contra incendios (su reglamento de instalaciones, además del DB-SI).
- Ordenanzas municipales: de edificación, de protección del patrimonio, de vados, de residuos o de ruido. Son las que más cambian de un municipio a otro y las que más se olvidan.
- Normativa sectorial del uso: turística, sanitaria, docente, de espectáculos o de actividades, y el procedimiento ambiental que corresponda en tu comunidad.
- Habitabilidad o diseño de vivienda, en las comunidades y municipios que la regulan.
Una advertencia sobre versiones: cita siempre la versión vigente. Seguir citando normas derogadas —el antiguo procedimiento de certificación energética de 2013, por ejemplo, sustituido por el de 2021— es una de las señales más claras de texto heredado.
Los anejos que acompañan a la memoria
El anejo del Código enumera los que se incorporan a la memoria: información geotécnica, cálculo de la estructura, protección contra incendios, instalaciones del edificio, eficiencia energética, estudio de impacto ambiental cuando proceda, plan de control de calidad y estudio de seguridad y salud o estudio básico. A ellos se suman los que exigen otras normas. Los tres que más se piden y más se discuten:
Estudio de gestión de residuos
Lo exige el Real Decreto 105/2008 en el proyecto de ejecución, con un contenido mínimo fijado en su artículo 4.1.a:
- Estimación de la cantidad de residuos, en toneladas y en metros cúbicos, codificados según la lista europea de residuos.
- Medidas de prevención de residuos en la obra.
- Operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán.
- Medidas de separación en obra.
- Planos de las instalaciones previstas para almacenamiento, manejo y separación.
- Prescripciones del pliego sobre esas operaciones.
- Valoración del coste de gestión, que forma parte del presupuesto en capítulo independiente.
En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma añade un inventario de los residuos peligrosos y su retirada selectiva (artículo 4.1.b). Si la memoria dice que hay residuos peligrosos y el presupuesto no tiene partida para su retirada, el revisor lo verá.
Estudio de seguridad y salud, o estudio básico
El Real Decreto 1627/1997 obliga al promotor a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud cuando se da cualquiera de estos supuestos (artículo 4.1), y un estudio básico en el resto de obras (artículo 4.2):
- Presupuesto de ejecución por contrata igual o superior a 75 millones de pesetas (450.759,08 euros).
- Duración estimada superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.
- Volumen de mano de obra estimado, suma de los días de trabajo de todos los trabajadores, superior a 500.
- Obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
El estudio completo tiene memoria, pliego, planos, mediciones y presupuesto propio (artículo 5.2); el básico identifica los riesgos evitables y los que no lo son, con sus medidas preventivas (artículo 6.2). Comprueba que el supuesto elegido es coherente con el presupuesto y el plazo que figuran en la memoria.
Certificado de eficiencia energética del proyecto
El Real Decreto 390/2021 establece que el certificado del proyecto se obtiene a partir de las características especificadas en el proyecto de ejecución y queda incorporado a él; lo suscribe un técnico competente, y al terminar la obra se emite el del edificio terminado con sus características efectivas, que permite compararlos (artículo 9). En reformas y ampliaciones también es obligatorio en ciertos supuestos, entre ellos intervenir en más del 25 % de la envolvente térmica o renovar instalaciones térmicas que requieran proyecto según el RITE.
Planos, pliego, mediciones y presupuesto: lo que la memoria tiene que decir igual
La memoria no vive sola. El mismo anejo regula el resto del proyecto, y casi todas las devoluciones nacen de un dato que dice una cosa en la memoria y otra en otro documento.
- Planos del básico: situación referida al planeamiento vigente, con el norte geográfico; emplazamiento con la justificación urbanística, alineaciones y retranqueos; urbanización con red viaria y acometidas; plantas generales acotadas, con usos y mobiliario; cubiertas con pendientes y recogida de aguas; alzados y secciones acotados, con alturas y espesores. En rehabilitación, también los del estado previo.
- Planos de ejecución: estructura, instalaciones, definición constructiva y memorias gráficas.
- Pliego de condiciones: cláusulas administrativas y prescripciones técnicas sobre materiales, ejecución de unidades de obra y verificaciones en el edificio terminado.
- Mediciones: desarrollo por partidas agrupadas en capítulos, con las descripciones técnicas necesarias para valorarlas.
- Presupuesto: aproximado por capítulos en el básico; detallado en ejecución, con cuadro de precios, resumen por capítulos, valor de ejecución y de contrata, y los presupuestos del control de calidad y de seguridad y salud.
Esta es la tabla que conviene recorrer antes de presentar. Cada fila es un dato que aparece en varios documentos y que tiene que ser idéntico en todos:
| Dato | Dónde aparece | Qué comprobar |
|---|---|---|
| Superficie construida | Cuadro de la memoria, planos, ficha urbanística, certificado energético, estadística y tasas | Mismo total y mismo criterio de medición en todos. |
| Superficie computable | Cuadro urbanístico, planos de plantas | Que aplica el criterio de la ordenanza y no supera la edificabilidad. |
| Uso y número de unidades | Memoria descriptiva, planos, fichas de accesibilidad, telecomunicaciones, incendio | Mismo número de viviendas, locales y dormitorios. |
| Ocupación | Justificación de incendio, planos de evacuación | Que los recorridos y anchuras del plano corresponden a esa ocupación. |
| Composición de la envolvente | Memoria constructiva, justificación energética, detalles, mediciones, certificado | Mismas capas, espesores y transmitancias. |
| Potencia térmica | Memoria de instalaciones, documentación RITE | Que el documento aportado (proyecto o memoria técnica) es el que corresponde a esa potencia. |
| Residuos | Estudio de gestión, planos, pliego, presupuesto | Que el coste está en capítulo independiente y coincide. |
| Presupuesto de ejecución | Resumen de la memoria, presupuesto, estudio de seguridad | Mismo importe y que justifica el tipo de estudio elegido. |
Cómo cambia según el tipo de obra
El índice del anejo es el mismo para todos los proyectos, pero el peso de cada apartado cambia mucho. Lo que más se juega en cada caso:
Obra nueva residencial colectiva
Todo el anejo aplica con su máxima extensión. Lo que más se revisa: el cuadro urbanístico, la evacuación y la sectorización (incluida la separación del aparcamiento), la accesibilidad de zonas comunes y de las viviendas reservadas, la protección frente al ruido entre viviendas, la justificación energética completa con su dotación de recarga si hay aparcamiento, y el proyecto de telecomunicaciones.
Vivienda unifamiliar
Siempre necesita proyecto: la excepción de escasa entidad de la ley no alcanza a las construcciones residenciales. Las exigencias de incendio y accesibilidad son más ligeras, pero no desaparecen: se justifican con su alcance. Pesan mucho la sustentación (estudio geotécnico en parcelas sin datos), la envolvente y la energía, la urbanización y las acometidas. Una vivienda aislada que no está en propiedad horizontal ni se alquila por más de un año queda fuera de la obligación de infraestructura común de telecomunicaciones.
Reforma y rehabilitación
Aquí la memoria cambia de naturaleza: hay que describir lo que existe antes de describir lo que se hace. Información del edificio existente e informes previos, planos del estado actual, la frase sobre si se actúa en la estructura, la justificación de cada exigencia con el criterio de adecuación efectiva y no empeoramiento del artículo 2.3, el inventario de residuos peligrosos y, si se da el supuesto, el certificado energético. El error más caro es justificar como obra nueva lo que no se puede cumplir, o callar lo que no se cumple.
Cambio de uso
En todo cambio de uso característico de un edificio existente se deben cumplir las exigencias básicas del Código Técnico; si afecta solo a una parte, en los términos que fijan los documentos básicos (Parte I, artículo 2.6). Antes que el Código está el planeamiento: el nuevo uso tiene que estar permitido. Después vienen las condiciones de vivienda o de la actividad, la accesibilidad, la energía para el nuevo uso y, en un local que pasa a vivienda, el ruido respecto de los locales colindantes y la planta baja. Lo explicamos con detalle en cambio de uso de local a vivienda.
Edificio protegido o en entorno catalogado
La intervención total en un edificio catalogado requiere proyecto en cualquier caso. La memoria tiene que identificar el grado de protección y los elementos protegidos según el catálogo, justificar que la intervención los respeta y, cuando el Código no pueda cumplirse por esa protección, decirlo con el criterio del artículo 2.3. Si interviene otra administración (patrimonio), su informe forma parte del expediente.
Usos no residenciales y actividades
Comercial, hostelería, oficinas, docente, sanitario o pública concurrencia: el uso cambia la ocupación, la evacuación, las instalaciones de protección y la accesibilidad exigible. Suele sumarse un procedimiento de actividad o ambiental propio de cada comunidad y normativa sectorial del uso. Conviene confirmar al principio si el ayuntamiento tramita obra y actividad juntas o por separado, porque cambia lo que la memoria tiene que contener.
Doce errores que generan requerimientos
Son los que más se repiten en los expedientes, y casi todos se detectan antes de presentar:
- Apartados que solo están en el índice. El índice promete un apartado que luego no se desarrolla, o se despacha en una línea. Para quien revisa, es como si no estuviera.
- Texto heredado de otro proyecto. Párrafos que describen otro edificio, otro número de dormitorios u otro municipio. Pasan desapercibidos al autor y saltan a la vista del revisor.
- Cuadros que no coinciden. El cuadro de superficies de la memoria y el de los planos suman distinto, o una estancia aparece con otro nombre.
- Normas derogadas o versión equivocada. Citar una norma sustituida, o la versión del documento básico que no corresponde a la fecha de solicitud.
- Justificación genérica. «Cumple» sin cálculo, sin cifra y sin remitir a un plano.
- Ocupación y evacuación incoherentes. La ocupación de la memoria no corresponde a los recintos del plano, o los recorridos se midieron sobre una distribución anterior.
- Fichas que no se ven en los planos. La ficha de accesibilidad declara un espacio de giro o una anchura que el plano no acota.
- Criterio de medición sin declarar. La superficie computable se calcula con un criterio distinto del de la ordenanza, o no se dice cuál.
- Presupuesto incompleto. Sin capítulo independiente de residuos, sin seguridad y salud o sin control de calidad.
- En reformas, silencio sobre la estructura. No se indica si la intervención actúa sobre la estructura existente.
- Proyectos específicos que no llegan. La memoria remite a un proyecto de instalaciones o de telecomunicaciones que no se aporta, o que dice otra cosa.
- Plano de situación sin planeamiento. Sin referencia al planeamiento vigente o sin el norte.
Cómo revisarla antes de presentarla: cinco pasadas
Leer la memoria de principio a fin no sirve para encontrar estos errores: el texto se lee bien aunque esté mal. Funciona mejor revisarla varias veces, cada vez buscando una sola cosa.
- 1. Alcance. Tipo de obra, uso, fase y municipio. Con eso, la lista de lo que hay que presentar: el anejo del Código, la relación de documentos del ayuntamiento, las fichas de la comunidad y los reglamentos que aplican. Es la vara de medir del resto.
- 2. Estructura. Índice contra contenido. Cada apartado exigido está desarrollado o dice expresamente que no procede y por qué.
- 3. Datos. Recorre la tabla de datos compartidos: superficies, unidades, ocupación, envolvente, potencias, residuos, presupuesto. Cada cifra igual en todos los documentos.
- 4. Normativa. Cada norma citada está vigente y en su versión correcta. Cada documento básico justificado con cifras y remisiones a planos o anejos.
- 5. Lectura del revisor. Léela como el técnico municipal: ¿puede comprobar cada afirmación sin llamarte? Firmas, fechas, numeración de planos coherente con el índice y nombres de archivo claros.
Lista de comprobación
- Agentes iguales en memoria, solicitud y anejos.
- Emplazamiento con referencia catastral y origen de la superficie de parcela.
- Cuadro urbanístico con el artículo de cada parámetro.
- Uso característico con la terminología de la norma; usos subsidiarios separados.
- Superficies útil, construida y computable, con su criterio, iguales que en planos.
- Prestaciones acordadas y limitaciones de uso escritas.
- Datos del terreno y su origen; estudio geotécnico en ejecución.
- En reformas: si se actúa o no sobre la estructura.
- Envolvente con nombres únicos, iguales en memoria, detalles, mediciones y energía.
- Cada documento básico justificado con cifras; las secciones que no aplican, con su motivo.
- En existentes: limitaciones justificadas y nivel de prestación alcanzado.
- Accesibilidad autonómica: fichas que se pueden medir en los planos.
- Proyectos específicos citados y aportados (térmicas, telecomunicaciones, eléctrica).
- Estudio de residuos completo y su coste en capítulo independiente.
- Estudio de seguridad o básico según los supuestos del Real Decreto 1627/1997.
- Certificado energético del proyecto incorporado, si corresponde.
- Normas citadas vigentes, en su versión correcta.
- Planos del básico completos; situación con planeamiento y norte.
- Presupuesto con control de calidad y seguridad y salud.
- Ninguna frase de otro proyecto.
Qué parte de la revisión puede hacer la IA
Las pasadas 2 y 3 son mecánicas y largas: comprobar que cada apartado exigido está, distinguir los que solo figuran en el índice, cruzar las superficies con los planos y encontrar el párrafo heredado. Es exactamente el tipo de trabajo que una herramienta que lee documentos hace en minutos y sin cansarse.
Lo que no debe hacer es redactar por ti la justificación de una solución: eso es criterio de proyecto y es tu firma. Lo útil es que te diga qué falta y dónde, que proponga la corrección con el dato del plano y que cada cosa que afirma venga con su fuente.
Es lo que hace Archelo con cada memoria que importas. Puedes ver cómo trabaja en IA para arquitectos.
Fuentes oficiales
- Código Técnico de la Edificación, Parte I: artículos 2 y 6, Anejos I y III (BOE)
- Documentos básicos del Código Técnico (codigotecnico.org)
- Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación: artículos 2 y 4 (BOE)
- Real Decreto 1000/2010 sobre visado colegial obligatorio: artículo 2 (BOE)
- Real Decreto 105/2008 de residuos de construcción y demolición: artículo 4 (BOE)
- Real Decreto 1627/1997 de seguridad y salud en las obras: artículos 4 a 6 (BOE)
- Real Decreto 390/2021 de certificación energética: artículos 3 y 9 (BOE)
- Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios: artículo 15 (BOE)
- Real Decreto-ley 1/1998 de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (BOE)
- Fichas justificativas del Decreto 293/2009 de accesibilidad (Junta de Andalucía)
Esta guía resume normas vigentes en la fecha de publicación y no sustituye a su texto oficial ni a los requisitos propios de cada ayuntamiento.


